El fiscal Víctor Adolfo Santander, de la Unidad Penal n.º 4 de la Fiscalía Zonal de Hernandarias, imputó a una mujer por el supuesto hecho punible de incumplimiento del deber legal alimentario, conforme al artículo 302 del Código Procesal Penal. La procesada, de 27 años, quedó a disposición del Juzgado de Garantías.
La imputación fue formulada en el marco de una denuncia promovida por el padre de los hijos de la imputada, en representación legal de sus hijos. Según la investigación, previamente el Juzgado de la Niñez y la Adolescencia de Hernandarias había resuelto, mediante Sentencia Definitiva n.º 591, del 11 de diciembre de 2023, hacer lugar a la acción de asistencia alimenticia promovida por el denunciante.
En dicha resolución, se ordenó a la madre el pago mensual adelantado de la suma de G. 400.000 (equivalente a 3,88 jornales mínimos) a partir del 27 de julio de 2023, a través de la cuenta judicial habilitada en el Banco Nacional de Fomento (BNF), a la orden del padre, quien tiene la custodia de los hijos. La suma debía ajustarse automáticamente conforme a los aumentos del salario mínimo.
Sin embargo, según el extracto de la cuenta judicial, se constató que la hoy imputada no realizó ningún depósito desde el inicio de la obligación. El cálculo actualizado arrojó una deuda aproximada de G. 7.393.512, correspondiente a 18 meses de incumplimiento, incluyendo ajustes por aumentos salariales ocurridos en julio de 2024.
El incumplimiento reiterado de la obligación alimentaria habría generado un perjuicio directo en las condiciones de desarrollo, salud, educación y bienestar general de los niños, quienes se encuentran bajo el cuidado exclusivo de su padre.
Se omiten los nombres de la persona imputada y del denunciante a fin de preservar la identidad de los niños, conforme a lo dispuesto en el Código de la Niñez y la Adolescencia.

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